Tribunal Constitucional falla a favor del Congreso en el Proceso Competencial seguido por éste contra el Poder Judicial

Publicado el 26 de febrero, 2023

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En el fallo, el Congreso de la República declara la nulidad de sendos procesos de amparo iniciados ante el Poder Judicial, lo cual permite que el Congreso realice la elección del Defensor del Pueblo; que realice investigaciones parlamentarias de interés público de forma libre; que continúe con la reforma planteada ante el Consejo Directivo de la SUNEDU; y que incluya a los miembros del JNE, al jefe de la ONPE y al jefe de la RENIEC, en la lista de funcionarios que son pasibles de acusación constitucional.

El Congreso de la República presentó una demanda competencial contra el Poder Judicial, aduciendo que los jueces constitucionales, en el trámite de diversos procesos de amparo, no han respetado el principio de separación de poderes ni la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional respecto a las facultades que tiene este órgano del Estado.

En específico, sostiene que el Poder Judicial carece de competencia para pronunciarse sobre el procedimiento de elección y/o remoción del defensor del pueblo. Por otro lado, manifiesta que la judicatura no puede impedir la realización de investigaciones parlamentarias sobre cualquier asunto de interés público ni la facultad de ejercer control político sobre los altos funcionarios del Estado, a través de una resolución judicial. Finalmente, refiere que el Poder Judicial tampoco puede interferir en el procedimiento parlamentario de aprobación de proyectos de ley y de promulgación de leyes.

Ante ello, el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda, lo cual tiene como resultado los siguientes efectos:

 

-          Se declara la nulidad de las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedía seguir el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo, presentado por el Sindicato de Trabajadores de dicho organismo.

-          Se declara la nulidad de las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían la realización de investigaciones parlamentarias sobre asuntos de interés público, lo cual permite que el Congreso realice estas investigaciones de manera libre.

-          Se declaran nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían aplicar la reforma planteada por el Congreso al Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

-          Se exhorta a la Junta Nacional de Justicia a que proceda, conforme a sus atribuciones, sobre el comportamiento funcional de los jueces que han concedido los amparos y las medidas cautelares señaladas.

-          Se exhorta al Congreso de la República a reformar el artículo 99 de la Constitución Política y a reformar su Reglamento; permitiendo que la Comisión Permanente pueda acusar ante el Congreso, también, a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

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